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24/12/2006

EL MUNDO PODRÍA ACABARSE EL DÍA 27 POR RADIACIÓN DE MARTE afirma reconocido periódico de circulación Nacional

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Documento 6 Diciembre 06

EL MUNDO PODRÍA ACABARSE EL DÍA 27 POR RADIACIÓN DE MARTE

Así de espeluznante es el encabezado de el periódico “El Universal” con fecha del jueves 13 de Julio del año de 1939, pero vamos por partes.
Este periódico fue hallado como parte de un expediente, del cual, atrajo mucho nuestra atención cómo se afirma que el mundo podría llegar a su fin; una vez más, este es un análisis que no tiene vinculación directa con nuestra región, pero creo que es un tema interesante ... ¿no crees?.

Pues bien, el sub encabezado de esta alarmante noticia cita así:

“HABLA EL ING. GALLO SOBRE ESA POSIBILIDAD”

¡Uffff!, al menos los hombres del S. XIX tenían una esperanza, pues aclaran que es sólo una posibilidad.

Y más abajo dice así:

SIN EMBARGO, EL CONOCIDO HOMBRE DE CIENCIA NO SE MUESTRA PESIMISTA

Y más aún:

MARTE, EL DÍA CITADO, SE ENCONTRARÁ APENAS A 58 MILLONES DE KILÓMETROS DE LA TIERRA

La nota gira en torno a una entrevista realizada a un reconocido Astrónomo de la época de nombre Joaquín Gallo Monterrubio, este ingeniero tenía a su cargo la Dirección del Observatorio Nacional, buscando más información acerca de este personaje que puso a temblar a mas de uno aquel Julio de 1939, encontré que entre los eventos importantes que tuvo el Ing Joaquín Gallo durante su período al frente del observatorio de Tacubaya destaca mencionar el eclipse del 10 de Septiembre de 1923; repetición del que el Ing. Gallo y Valentin Gama (otro reconocido astrónomo) habían observado en España el 30 de Agosto de 1905; así también impartió cursos prácticos en la UNAM en los inicios de nuestra máxima casa de estudios, por allá del año de 1910; en la actualidad un planetario lleva su nombre.

Pues bien, con base a lo anterior, la nota tenía un fundamento científico avalado por uno de los hombres de ciencia de la época más sobresalientes, entonces la nota PODRÍA CONSIDERARSE SERIA Y RELEVANTE, consideremos obviamente, los aparatos astronómicos de la época, que evidentemente no se comparan con los de la actualidad, así también, los estudios y conocimientos mas certeros acerca del planeta Marte.

El Ing, Gallo cita primeramente las condiciones del planeta, sobre aquello que suponían podría existir en el mismo: “... en él parece existen condiciones físicas muy parecidas a la de nuestro planeta. Desde luego, está rodeado de una atmósfera más densa que la nuestra, pero en ella hay vapor de agua y a veces por su condensación llega a formar nubes, como nuestros cúmulos. Además, existen regiones sombrías permanentes que suponemos contienen agua, llamados mares”.
El Astrónomo Gallo Monterrubio continúa haciendo descripción de la superficie Marciana, haciendo la siguiente anotación: “Es difícil por lo tanto, creer que seres humanos como nosotros y en la cantidad que habitamos en la tierra, tengan una morada en Marte. Tal vez hace millones de siglos existieron seres parecidos o iguales a nosotros, pero la sequía continua hizo que desaparecieran.”


Pero la parte crucial de sus palabras acerca de una verdadera amenaza sobre el planeta tierra son las siguientes: “No he sido partidario de creer que los planetas, ni por su posición ni por su radiación, influyan poderosamente , y tal vez ni débilmente en nuestra vida; creo se recordarán algunos escritos negando esas influencias. Pero si eso fuese, ¡ojalá que ese planeta Marte, que creo se está muriendo de sed y que estará a la menor de distancia de nosotros el día 27 de este mes, no vaya a enviarnos una radiación que haga morir a la humanidad!”
Sin embargo, concluye su entrevista con una reflexión acerca de la existencia de vida en Marte: “Creo que la hay, porque creo hay una vegetación (no demostrada científicamente) [aclara], y esto quiere decir que habrá también vida animal, pero muy lejos estamos de afirmar que existen seres como los humanos ...”

Seguramente habrás notado que el Ing. Gallo sólo dedicó escasamente 5 o 6 líneas al decir que Marte podría enviar Radiación a la tierra y que haría morir a la humanidad , y es más, ni siquiera él mismo estaba convencido de que ello pudiera suceder como tal , pues dice “No he sido partidario de creer que los planetas, ni por su posición ni por su radiación, influyan poderosamente , y tal vez ni débilmente en nuestra vida”, ¡ahhhh¡ pero el periódico considero que era la parte más crucial de la entrevista y alertó a sus lectores con tremendo encabezado ... ¿serían los principios del periodismo amarillista? ... no lo sabemos, pero no tengo la menor duda de que alarmante, lo fue.



Imagen: Periódico “El Universal” del año de 1939, facilitado por el Centro Cultural, cuya directora es la Lic. Michelle Devaux y el Asistente del mismo, Alfredo Vázquez
Fuentes:
*Periódico “El Universal” No. 8. 788 Año XXIII.- Tomo LXXXX
México D.F. Jueves 13 de Julio d 1939
* “El Observatorio de Tacubaya”
Página en Internet: http://mx.geocities.com/astronomiamex/historia/page6.html
* Antecedentes históricos. Instituto de Física UNAM
Página de Internet: http://www.fisica.unam.mx/index.php?option=content&task=view&id=2&Itemid=30&limit=1&limitstart=1
*

Fotografía del Ing. Joaquín Gallo extraída de la página arriba citada
Transcripción, análisis y edición: Omar González

Domingo, 24 de Diciembre de 2006 14:36 Autor: Omar González. ;?> No hay comentarios. Comentar.

11/12/2006

DECRETO DE MAXIMILIANO DE HABSBURGO EN 1865

20061211224200-decreto-maxi-1.jpg

Documento 5 Diciembre 06

El documento de esta ocasión no tiene vínculo directo como tal con la ciudad de Apan y/o sus alrededores, sin embargo forma parte de los documentos rescatados del Archivo Histórico, y se trata de un decreto emitido con carácter Nacional , pero para su análisis requeriremos de hacer previamente un poco de historia:

Fernando Maximiliano de Hasbsburgo fue emperador de México entre los años de 1864 a 1867, por la misma época, el Lic. Benito Juárez fue Presidente de México desde 1858 hasta el año de 1872 (año en que muere) tiempo en el cual fue reelegido en cuatro ocasiones, pero entonces ... ¿cómo es que Benito Juárez era Presidente y al mismo tiempo Maximiliano era Emperador de México?.

Pues verás, debido a la intervención francesa, en mayo de 1863 Benito Juárez tuvo que dejar la ciudad de México, ejerciendo su gobierno desde diferentes puntos del país, un año después, en 1864, llega a México Maximiliano de Habsburgo por Veracruz, Maximiliano era Archiduque de Austria , al llegar a la ciudad escogió el Castillo de Chapultepec como residencia y mandó trazar un camino que le conectase a la ciudad (el actual Paseo de la Reforma), en aquel entonces el país se debatía entre dos posturas políticas: Los Liberales y los Conservadores , Maximiliano como emperador se interesó muy pronto por el programa de los republicanos y adoptó algunas medidas tendientes a la reconciliación y acordes con sus ideales, como el reparto de las tierras, la libertad de culto y el derecho al voto de los desposeídos, lo cuál causó un profundo descontento entre las filas Conservadores. Los liberales vieron los cambios con simpatía pero su cúpula, encabezada por el presidente Benito Juárez, permanecía firme en la defensa de la República.

Benito Juárez en la defensa de su Gobierno se albergó en los Estados Unidos, lo que dio pie para que en el país se considerara que el gobierno republicano había desaparecido desde el momento en que Juárez pasó a los Estados Unidos y que en consecuencia – para el Emperador Maximiliano - todo individuo alzado en armas, ya sin bandera, era simplemente un bandido.

Debido a esta razón, Maximiliano publicó un decreto, el 3 de octubre de 1865, en el que declaraba fuera de la ley a los guerrilleros que seguían combatiendo al imperio , y que todo hombre sorprendido con armas sería remitido a las cortes marciales, para ser pasado por las armas dentro de las 24 horas después de su aprehensión.

Pues bien, esto nos remite a las primera líneas del documento que analizaremos en esta ocasión:


“La causa que con tanto valor y constancia sostuvo D. Benito Juárez había ya sucumbido, no sólo á [acentuado] la voluntad nacional, sino ante la misma ley este caudillo invocaba en apoyo de sus títulos. Hoy hasta la bandería [de bandolero, bandido] que generó dicha causa, ha quedado abandonada por la salida de su gefe [con g] del territorio patrio.
El gobierno nacional fué [acentuado] por largo tiempo indulgente, y ha prodigado su clemencia para dejar a los estraviados [con s] , á [acentuado] los que no conocían los hechos, la posibilidad de unirse á la mayoría de la Nación y colocarse nuevamente en el camino del deber. Logró su intento: los hombres honrados se han agrupado bajo su bandera y han aceptado y aceptado los principios justos y liberales que norman su conducta. Solo mantienen el desórden [acentuado] algunos gefes [con g] descarriados por pasiones que no son patrióticas, y con ellos la gente desmoralizada que no está á la altura de los principios políticos, y la soldadesca sin freno, que queda siempre como último y triste vestigio de las guerras civiles.
De hoy en adelante la lucha será solo entre los hombres honrados de la Nación, y las gavillas
[Grupo de personas despectivamente consideradas bajas] de criminales y bandoleros. Cesa ya la indulgencia, que solo aprovecharía el despotismo de las bandas, á los que incendian los pueblos, á los que roban y á los que asesinan ciudadanos pacíficos, míseros ancianos y mujeres indefensas.
El Gobierno, fuerte en su poder, será desde hoy inflexible para el castigo, puesto que así lo demandan los fueros de la civilización, los derechos de la humanidad y las exigencias de la moral.
México, Octubre 2 de 1865.”

[Firmado con el nombre de] MAXIMILIANO

El Decreto consta de 15 Artículos , los cuales a grandes rasgos hablan de los siguiente;:
Artículo 1.- Quienes pertenezcan a grupos armados legalmente no autorizados serán juzgados militarmente y de hallárseles culpables, serán condenados a la pena capital [de muerte] que se ejecutaría durante las siguientes 24 hrs. después de la sentencia.
Artículo 2.- Quienes sean sorprendidos portando armas se les realizará una averiguación verbal (es decir interrogando al detenido) y podrá ser juzgado aún sólo por pertenecer a alguna banda de bandoleros, y no necesariamente por haber cometido falta alguna.
Artículo 3.- Si los detenidos manifestaran que participaban en alguna banda “por la fuerza” o “de manera accidental”, serán eximidos de la pena capital.
Artículo 4.- Si en la averiguación verbal se descubriera que el detenido andaba por la fuerza o accidentalmente en la banda, nos e podrá emitir sentencia alguna, sino un acta a la Corte Marcial para realizar un juicio.
Artículo 5.- Aclara que los sentenciados serán aquellos que anduvieran voluntariamente en las bandas, los que les dieran avisos o noticias, los que les apoyaran con dinero, incluso los que les vendieran armas o caballos.
Artículo 6.- También serán juzgados y sentenciados los que los ocultarán en sus casas, los que no avisaran al gobierno la llegada o presencia de bandas en fincas y casas y los que tuvieran relación con ellos de manera conveniente.
Artículo 7.- Si un gobierno local no avisara a sus superiores la presencia o el paso de bandas en su pueblo serían castigados gubernativamente con una multa de 200 a 2000 pesos o 2 años de cárcel.
Artículo 8.- Si un pueblerino que supera de la llegada o paso de bandas y no avisara a la autoridad, recibiría una multa de 5 hasta 500 pesos.
Artículo 9.- Si el pueblo fuera amenazado por los bandoleros, y fueran de entre 10 y 85 años, si no tuvieran algún impedimento físico, estaban obligados “á presentarse á la defensa” [formar parte de un grupo armado defensor del pueblo] si fueran llamados, de no hacerlo la multa sería de 5 a 200 pesos, o serían encarcelados de 15 días hasta 3 meses, y si la autoridad considerara castigar al pueblo por no haberse defendido, la multa sería de 500 a 5000 pesos que pagarían entre aquellos que no se defendieron.
Artículo 10.- Si los dueños de fincas no se defendieran ante el ataque de “guerrilleros” y no avisara a la autoridad, o que aceptaran los caballos o gente herida de los bandoleros sin dar parte al gobierno, recibirán una muta que ría d 100 a 2000 pesos, y si el caso fuera más grave, serían detenidos y juzgados por la Corte Marcial.
Artículo 11.- Los Gobiernos que no hicieran valer este decreto serían multados con 50 a 1000 pesos, y si se descubriera complicidad con alguna banda serían juzgados por la Corte Marcial.
Artículo 12.- “Los plagiarios serán juzgados y sentenciados con apego al Art. 1 de esta ley, sean cuales fueren la manera y circunstancias del plagio” .
Artículo 13.- Las sentencias [de muerte o multas] se realizarían según lo estipulado en la ley [24 hrs.], y en el caso de que un “estranjero” [con s] fuera detenido y no fuera condenado a muerte, sería expulsado del país.
Artículo 14.- Si alguien se presentaba voluntariamente a la autoridad correspondiente y se declarara partícipe de alguna banda antes del 15 de Noviembre [de 1865, mes y medio después de emitido el decreto], sería perdonado siempre y cuando no hubiese cometido delito alguno desde la fecha en que circulara el decreto. Además la autoridad le recogerá sus armas.
Artículo 15.- “El Gobierno se reserva la facultad de declarar cuándo deban cesar las deposiciones de esta ley”.

Todo ello dado en el Palacio de México, á 3 de Octubre de 1865.

Al pie de este documento, cuyas dimensiones son de 66 x 45 cm aparecen los nombres de los distintos Ministros que junto con el Emperador Maximiano redactaron este decreto:


El Ministro de Negocios Estranjeros y Encargado del de Estado [así dice]: José F. Ramírez
El Ministro de Guerra: Juan de Dios Peza
El Ministro de Fomento: Luis Robles Pezuela
El Ministro de Justicia: Pedro Escudero y Echanove
El Ministro de Gobernación: José María Esteva
El Ministro de Instrucción Pública y Cultos: Manuel Siliceo
Y El Subsecretario de Hacienda: Francisco de P. Cesar

Sólo para concluir, cabe citar que el entonces Presidente Don Benito Juárez regresó a la ciudad de México el 15 de julio de 1867, después de que Maximiliano fue juzgado y fusilado, dirigiendo al país hasta su muerte en 1872.



Imagen: Decreto emitido por el Emperador Maximiano y sus Ministros en 1865, facilitado por el Centro Cultural, cuya directora es la Lic. Michelle Devaux y el Asistente del mismo, Alfredo Vázquez
Fuentes:
*El Decreto mismo
* Diccionario de la lengua Española en Internet: http://buscon.rae.es/draeI/
* Biografía de Fernando Maximiliano de Habsburgo. Página de Internet: http://usuarios.lycos.es/aime/maximiliano.html
* Presidentes de México. Página de Internet: http://www.alumnosonline.com/mexico/presidentes/listapresidentes.php
*Biografía de Benito Juárez. Página en Internet: http://benito-juarez.alumnosonline.com/
* El Segundo Imperio Mexicano. Página de Internet: http://es.wikipedia.org/wiki/Maximiliano_de_Habsburgo
* Conservadores y Liberales en México. Página de Internet: http://www.monografias.com/trabajos/conservylibmex/conservylibmex.shtml

Transcripción, análisis y edición: Omar González

Lunes, 11 de Diciembre de 2006 15:42 Autor: Omar González. ;?> No hay comentarios. Comentar.

04/12/2006

DENUNCIAN AL DUEÑO DE LA HACIENDA DE OCOTEPEC ... EN 1909

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Documento 4 Diciembre 06

Estado de Hidalgo

Distrito de Apam

Sección Gobernación
Expediente número
[sin número]

=============

Este es el encabezado del documento que conoceremos en esta ocasión, cabe notar que antes, al territorio Apanense (Apaneca) se le llamaba Partido de Apan por ahí de 1824, se le empezó a nombrar a Apan como Distrito hasta 1869, año en que erige nuestro Estado (Hidalgo) y dicho distrito abarcaba las zonas de Tepeapulco, Emiliano Zapata, Almoloya, Tlanalapa y evidentemente Apan , toda esta zona era lo que popularmente se conocía como los Llanos de Apan , gradualmente, años después se formaron los cinco Municipios autónomos que conocemos hoy en día con los mismos nombres.
La portada de este documento continúa así:

EXTRACTO

Queja del vecindario de Almoloya contra el propietario de Ocotepec, por perjuicir [sufrir daños, ser afectados o perjudicados] que reciben por motivo de una compuerta que colocó.

Mes de Julio

Año 1909

En una segunda hoja se hace la descripción pertinente del caso, la cuál se envió de Almoloya (Firma: Enrique de la Parra) al Jefe Político del Distrito de Apam. (Falta nombre), el oficio esta hecho con máquina de escribir y dice lo siguiente:

El que suscribe tiene la honra de comunicar á [acentuado] esa Jefatura Política del digno cargo de ud. qué [acentuado] : con fecha cinco del actual [Mes de Julio de 1909, aunque quizá sea un error pues el oficio entregado por los afectados esta fechado con el día 15 de Julio, como se aprecia en la imagen que se muestra más abajo] fué [acentuado] presentado á esta oficina a mi cargo, un ocurso [Petición por escrito] por los vecinos de este pueblo [Pueblo Nuevo] , en que se aquejan de haberse anegado sus casas en la parte denominada “Pueblo Nuevo”. [Por ahí del año de 1792, a Apan se le nombraba como Cabecera de la Jurisdicción, (como ya citamos después fue Partido y después Distrito, entre otros tantos títulos), la citada Cabecera de la Jurisdicción de Apan estaba dividida en 4 cuarteles: San Pedro, Centro, Colecturía y Pueblo Nuevo, muy probablemente éste último se refiere al ahora pueblo de Ocotepec]

En vista de la solicitúd [acentuado] que hacen, el personal de esta oficina, asociado de los mismos vecinos, se trasladó al lugar indicado y estando en éste, se procedió á practicar una inspección ocular, recorriendo todos los puntos de vista. Por via de informe que me honro rendir á esa Oficina de haber practicado esta diligencia minuciosamente resulta qué: en el lugar llamado “Pueblo Nuevo” se encuentran gráves [acentuado] perjuicios por el derrame de las aguas pluviales que hizo la barranca grande que atraviesa el pueblo, consistiendo esos perjuicios en el derrumbe de varias paredes de adobe, y las casas completamente anegadas , estando aquellas pobres familias peligrando en su salud á causa de la mucha humedad.

En mi humilde concepto , creo que el motivo de esa anegación es que á causa de que la Hacienda de Ocotepec tiene puesta en esta barranca un compuerta donde ataja el agua para hacer sus riegos, que está de distancia de este pueblo, como trescientos cuarenta metros, más o menos, [considerando la distancia de 340 metros a la redonda de la Hacienda, estamos hablando de asentamientos de casas en lo que probablemente hoy es el pueblo de Ocotepec, que incluso sigue siendo comunidad de Almoloya, a donde fue remitida la queja] que evidentemente rebalsa el agua á causa de estar sumamente azolvada la barranca por la citada compuerta y al llenarse tiene que derramar perjudicando, no tan sólo á estos vecinos en sus personas é [acentuado] intereses sino hasta poner en mal estado el camino que conduce de este pueblo á Sn. Martín Texmelucan.

Lo que pongo en el superior conocimiento de ud., por via de informe que rindo para los efectos consiguientes, adjuntándole el ocurso que me fue presentado
[Firma] L. Y C. [Desconozco a que se refiera] Almoloya Julio 22 de 1909
Al C. Jefe Político del Dtro. [Distrito] Apam, E. De Hid. [Estado de Hidalgo]

En la parte superior izquierda de este primer oficio aparece debajo del sello de la Agencia Municipal de Almoloya la siguiente frase:

Julio 24 de 1909
Prevéngase
al encargado
de la Hacienda
mande quitar
la compuerta



Anexado a este documento se encuentra el oficio donde aparecen las firmas de los vecinos afectados, quienes entregaron su ocurso [Petición por escrito], los nombres son:

Estevan Garin
José Ma. Agis
Dario Curiel
Mariano R. Curiel
Angel Arévalo
Antonio Quintero
Miguel Sánchez
Manuel Ramírez
Juan Piña
E incluso firmando por Eduardo Pérez firmo Antonio Pérez Romero


Como último apunte, si todos los que firmaron fueron los dueños de las casa afectadas, estamos hablando de 10 casas dañadas, es decir, 10 familias, lo que deja claro que era una comunidad muy pequeña que iniciaba su construcción como pueblo, la cual podría ser [es una suposición, no tengo mayores fundamentos para asegurarlo] el actual pueblo de Ocotepec.



Imagen: Oficio de 1909 redactado en Almoloya y detalles del oficio realizado por los vecinos afectados de Pueblo Nuevo, ambos facilitados por el Centro Cultural, cuya directora es la Lic. Michelle Devaux y el Asistente del mismo, Alfredo Vázquez
Fuentes:
*Los documentos mismos
*Libro: Apan y los Llanos de Apan. “Entre lo secreto y lo prohibido” del Autor Juan Carlos Villordo
* Diccionario de la lengua Española en Internet: http://buscon.rae.es/draeI/

Transcripción, análisis y edición: Omar González

Lunes, 04 de Diciembre de 2006 18:18 Autor: Omar González. ;?> No hay comentarios. Comentar.

27/11/2006

MUERE PERSONA AHOGADA EN UN JAGÜEY ... EN 1893

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Documento 3 Noviembre 06

Este documento es un acta que se levantara con motivo de la muerte de una persona ahogada en un jagüey , lo curioso de este papel de 1893, son las deducciones a las que se llega como el móvil de tal deceso.

Veamos ... el texto dice así:

Hace tres días que el celador del camino de fierro [¿se referirá a la vía del tren o al nombre de algún sendero?] en el Rancho de Marañon que junto á [así está acentuado] la vía y junto a un jagüey que se nombra de “Ocasitla” [u Ocasilla] había un tapexcle [con “c”] de los que cargan algunos de los que comersian [así esta escrito con “s”] en [con] gallinas [,] losa ú [acentuado] objetos que en dichos tapextles [ahora con “t”] pueden cargar, y además había una frasada, unos calsones [con “s”] y uno guarachis, que como todo estaba solo se suponía que el dueño estaría ahogado [así lo dice como una suposición] porque en el mencionado jagüey había un pato muerto que tal vez quiso sacar. [Curiosa conclusión ¿no crees?].

Luego que tuve conosimiento {con “s”] mandé buscar si alguien había por allí, pero como no se encontrara nada, hoy con una bolsa y una garrocha hise [con “s”] que registraran el jagüey y en el fondo atorado provablemente [con “v”] atorado [lo repite] ó [acentuado] pegado con el lodo había un cadáver que luego que se movió con la garrocha subió á [acentuado] la superficie.

Remito el cadáver, un tapextle, una frasada y unos guarachis.

Por las circunstancias en que todo esto ha sido hallado creo no medió criminalidad ninguna.

L. y C. Chimalpa Diciembre 2 de 1893
[Firma] Juan N. González

C. Presidente Municip... [ahí se rompe la hoja y no se aprecia más, debe ser Munícipe]

Todo ello fue notificado a Apan, donde también se emite un oficio en el cual se aclara que...

Se recibió con el oficio de usted de esta fecha el cadáver de un hombre ahogado en jurisdicción de esa sección; así como un tapextle [,] una frasada y un par [de] huaraches.
Ya se hace la consignación correspondiente.
L. y C. Apam Dtro
[Distrito] 2 / 93

Juez Auxiliar {La “J” de Juez, tiene tal rubrica que parece una “M”]
de la 7ma. Sección

Chimalpa


Existen aún dos documentos más donde se hacen los trámites respectivos para declarar que no hay culpable o causal criminatoria por la muerte de esta persona, así como se apela a la inhumación del cuerpo, uno firmado por el Juez Conciliador y el otro por el C. Juez del Registro Civil (José M. López) quien por cierto concluye su reporte con la frase:
Libertad y Constitución
Apam Dbre.
(Diciembre) 2 de 1893

De esa forma se realizaban los peritajes e investigaciones en 1893, prácticamente “atando cabos”, en ningún momento se cita el nombre de la persona fallecida, como tampoco se hace alusión a algún otro motivo que le llevará a su ahogamiento, sino simplemente que se metió a sacar un pato muerto que estaba en el jagüey (¿también el pato estaría ahogado? ... se tendría que haber hecho también esa investigación ¿no crees? jejeje), no se cita tampoco artefacto o arma con la que pudo haber (quizá) matado al pato que cayera en el jagüey para entonces después intentar sacarlo, o (¿porqué no?), se pudo haber tratado de un homicidio donde los objetos fueran predispuestos para parecer que el hombre entro al jagüey por su propio pie.

En fin, las conjeturas pueden ser variables, pero para los hombres de la pluma de aquella época, simplemente fue un hombre ahogado por intentar sacar un pato muerto de un jagüey ... punto.



Notas:

1.- Las frases o palabras entre corchetes [ ] o paréntesis ( ) son anotaciones, aclaraciones o dudas en la lectura al no ser del todo clara.
2.- El texto cita un tapextle o tapexcle, seguramente lo correcto debiera ser tapextle, son vicios de lenguaje como sucede en otros casos donde llaman clacoyos a los tlacoyos, en fin, lo cierto es que incluso el nombre pueda estar erróneo, quizá se referían a un PEPEXTLE, que era un artefacto que se le colocaba a los burros para cargar objetos , tal como lo describe el oficio.



Imagen: Documentos de 1893 emitidos en Chimalpa y Apan facilitado por el Centro Cultural, cuya directora es la Lic. Michelle Devaux y el Asistente del mismo, Alfredo Vázquez
Transcripción, análisis y edición: Omar González

Lunes, 27 de Noviembre de 2006 15:26 Autor: Omar González. ;?> No hay comentarios. Comentar.

20/11/2006

ASÍ POR LAS BUENAS ... DECRETO DE PAVIMENTACIÓN DE BANQUETAS EN 1927

20061120205107-pavimentacion-de-calles-1.jpg

Documento 2 Noviembre 06

En esta ocasión analizaremos un documento del año de 1927, 17 años después de Iniciado el Movimiento Revolucionario en nuestro país, si bien, para 1920 la guerra civil había concluido, los conflictos armados no cesaron hasta finales de la década, es decir, este decreto se promulgo en un ambiente Nacional por demás hostil.

En algunas ocasiones los mandatos de los Gobiernos en las distintas épocas resultaron ser agresivos a la ciudadanía, principalmente a su economía, ya sea por la redacción o por el contenido en sí, el decreto al que hago referencia lo es en ambos sentidos.

Se trata de un documento realizado a máquina de escribir, en el cual se lee textualmente lo siguiente, (lo escrito entre paréntesis son notas que he colocado para determinadas aclaraciones):

La H. Asamblea Municipal de esta ciudad (entonces Apam) , en uso de las facultades que le concede la fracción IV del artículo 78 de la Constitución Política del Estado (en la actualidad, tal artículo ha sido derogado de nuestra constitución Estatal) ha tenido a bien expedir el siguiente:

DECRETO No. 4

La H. Asamblea Municipal, decreta:
ARTÍCULO UNICO.- Se ordena
(así dice, una “orden”) a todos los dueños de casas de esta Ciudad, manden construir de cemento las banquetas que a cada uno le corresponde, concediéndoseles para esto un plazo de cuatro meses que se contará desde la promulgación de este Decreto; en la inteligencia de que sino lo hacen en el mencionado plazo (así está escrito, “sino” junto, ¿curioso hablar de inteligencia antes de este error , no crees? ... y ¡sentencia!) , el Municipio lo hará por su cuenta, cobrándoseles un 50 o/o. mas del importe de cada construcción (así escribían el símbolo de “por ciento”, con una “o”, una diagonal y otra “o”) , como pena al infractor.
Al Ejecutivo Municipal para su sanción y cumplimiento (es decir a ellos se les pagará, bueno se les pago).


Dado en el Salón de Sesiones de la H. Asamblea Municipal de Apam, a los 24 días del mes de enero del año de 1927.
Municipe Presidente
(Firma el entonces Presidente: ...................... y más abajo firma el Municipe Srio. (Secretario): José Tejeda).

Curioso documento, al menos la medida resulta un poco agresiva, considerando que la economía debió de haber sido muy precaria si recordamos los actos Revolucionarios casi recién concluidos y no se diga la inestabilidad política y económica del país en general , desconocemos más datos, no sabemos más, lo cierto es que seguramente varias banquetas de nuestra ciudad se encuentran pavimentadas gracias a este decreto, en el que los ciudadanos Apanenses (Apanecas) de la época seguramente pensaron, “así por las buenas ...”.



Imagen: Decreto emitido en enero de 1927, facilitado por el Centro Cultural, cuya directora es la Lic. Michelle Devaux y el Asistente del mismo, Alfredo Vázquez
Fuentes:
*El Decreto mismo
*Constitución Política del Estado de Hidalgo Año 2006
* www.wikipedia.org “Historia de México”

Transcripción, análisis y edición: Omar González

Lunes, 20 de Noviembre de 2006 13:51 Autor: Omar González. ;?> Hay 2 comentarios.

13/11/2006

¿SABES CUÁNTOS EXTRANJEROS HABITABAN EN APAN EN 1875?

DOCUMENTO 1 NOVIEMBRE 06.

Apam Año de 1875
Padrón de

Los Extrangeros (así está escrito) residentes en esta Municipalidad y corresponde al mes de Julio del presente año (1875 fecha del documento).


Ese es el título (textual) de este documento del Archivo Histórico en el que conoceremos a 131 años de distancia , quienes y de qué países habitaban en Apan, antes de iniciar notemos que siendo un documento de carácter oficial, está escrito Apam, con “m”, ¿porqué a nuestro pueblo lo nombraban de esta forma? , es un dato que en lo particular siempre ha llamado mi atención.
Transcribiré tal cual está escrito el encabezado de este añejo documento:

Estado L.Y ¿S?. De Hidalgo
Jefatura Política de Apam / Municipalidad de Apam

Noticia que manifiesta el número de extranjeros residentes en la espresada (así está escrito con “s”) en el mes de la fecha.

Según este dato, en Apan había 13 personas nacidas en otro país , de los cuales 3 eran casados (no especifica si con Mexicanas o Apanenses [Apanecas]), el resto eran solteros, todos ellos vivían expresamente en el pueblo de Apan.

¿Tendrán descendencia aún en Apan?, ¿Crees que tus abuelos o bisabuelos los pudieron haber conocido?, ¿Te gustaría saber sus nombres?, pues aquí los tienes, además de su Nacionalidad, edad y profesión u oficio:

* Daniel A. Alter, 44 años, de Francia , Médico *
* Victor Raimond, 33 años, de Francia, Comerciante *
* Enrrique Larqué, 32 años, de Francia, Comerciante *

(en el documento dice “Yd”, probablemente como citando las dos primera letras de la palabra “idem” que significaría: igual, refiriéndose a que ambos eran Comerciantes)

* Agustín ¿Poatrouer? (no es claro el apellido), 20 años, de Francia, Dependiente *
* Eugenio Courvit, 45 años, de Francia, Comerciante *
* Adolfo ¿Prosier?, 39 años, de Francia, Comerciante *
* Luis Bonnet, 31 años, de Francia, Comerciante *
* ¿L o P?. Darifchoy , 35 años, de Norteamérica, Dependiente *
* ¿F?. Liprione, 50 años, de Norteamérica, Reportero *
* Alejandro Gonzent, 32 años, de Norteamérica, Empleado del tren *
* Pesareo o Sesareo Llerbino, 38 años, de Italia, Herrero *
* J. N. Lanoni, 38 años, de Italia, Sastre *
* Deezar Lttend, 33 años, de Inglaterra, Empleado del tren *


Tabla donde aparecen los datos arriba mencionados

El día de hoy, muchos envidiamos la estética de los trazos, trazos hechos (según se ve) con pluma y tintero, pero cierto es, que también hoy en día resulta muy complejo entender lo que dicen este tipo de documentos, cabe citar que en todo el documento existe un solo error, al escribir el apellido Lanoni, resalta una corrección perceptible apenas en un acercamiento al documento.


Pues ahora sabemos este curioso dato de qué extranjeros (en el papel escrito con “g”) habitaban en nuestro pueblo, para finalizar este artículo, lo haré citando la fecha y nombre que se aprecia en la rúbrica de este importante documento:

Oficina del Registro Civil de Apam. Julio 31 de 1875

Firma: José Ma. De J. (o F.) ... ¿Velazey? (pareciera Velásquez abreviado, pero no es claro)



Nota 1: El texto inicia citando: Estado L. Y ¿S?. De Hidalgo, en donde desconozco a qué se refiere, pero hay muchas posibilidades a referirse a “Libre y Soberano”, pues nuestro estado había sido constituido como tal apenas 6 años antes, en 1869., por el entonces presidente Don Benito Juárez.

Nota 2: Algunas partes del texto son extractos reales del documento, conservando lo que (ahora) serían claras faltas de ortografía, así también las palabras encerradas en corchetes, paréntesis o signos de interrogación, son aclaraciones y/o apuntes complementarios y dudas en la lectura del documento, al no resultar del todo claro.



Imagen: Documento facilitado por el Centro Cultural dirigido por la Lic. Michelle Devaux y Alfredo Vázquez, Asistente del mismo.
Transcripción, redacción y edición: Omar González


Lunes, 13 de Noviembre de 2006 18:26 Autor: Omar González. ;?> No hay comentarios. Comentar.

08/11/2006

UN PASEO POR LA HISTORIA

20061109025214-paseo-por-la-historia.jpg

Es un orgullo y un gran compromiso para mí, colaborar en la difusión del rescate del Archivo Histórico de Apan por medio de esta página, primeramente, quiero agradecer a la Directora del Centro Cultural, la Lic. Michelle Devaux y al Asistente del mismo Centro, Alfredo Vázquez por la confianza depositada en mi persona y en el trabajo de esta página para tal difusión.

A partir de la próxima semana, encontrarás en el tema de “ARCHIVO HISTÓRICO DE APAN” un documento cada semana, donde haremos un análisis al mismo, descripción y/o detalles, trataremos que sean de interés general, que contengan información histórica, geográfica, o incluso aquellos con datos curiosos, datos que simplemente puedan robar un poquito nuestra atención, cabe citar que encontrarás artículos donde hablaremos de Ocotepec, Chimalpa, Tepeapulco, y demás lugares de la región, incluso algunos con información Nacional, y evidentemente de nuestra tierra Apanense (Apaneca)

Estos documentos han sido rescatados por personal del Centro Cultural durante los últimos meses , y la única finalidad es que TÚ LOS CONOZCAS , si deseas tener mayor detalle o información de este rescate o del archivo en sí, puedes acercarte al Centro Cultural donde obtendrás mayores informes.

Habrá algunos documentos, que por su deterioro, no podrán ser mostrados por este medio, pero trataremos de hacer apuntes de los mismos para que toda persona interesada en ellos pueda conocerlos en el citado lugar.

No me resta más que invitarte a que nos visites cada semana para que des con nosotros un paseo por la historia de estas tierras y a la vez felicitar a todas las persona que han participado en el rescate de este Patrimonio Histórico de los Apanenses (Apanecas), para que tengas mas información de los responsables de esta importante actividad consulta el tema de “Noticias de la ciudad”, donde aparece un artículo alusivo.



Redacción y edición: Omar González
Imagen: Algunos documentos del Archivo Histórico facilitados por el C.C.

Nota de Importancia: Todas las imágenes donde aparezcan dichos documentos serán protegidos con una leyenda sobre las mismas para evitar algún acto ilícito con las mismas o actividades con fines de lucro o dolo.


Miércoles, 08 de Noviembre de 2006 19:52 Autor: Omar González. ;?> No hay comentarios. Comentar.


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